Qué es la renta de quinta categoría
Es el impuesto a la renta que pagas en el Perú por trabajar en planilla: sueldo, gratificaciones, bonificaciones, horas extra, utilidades y cualquier otro ingreso que recibes por tu trabajo dependiente. Tu empleador lo retiene cada mes de tu sueldo y lo paga a la SUNAT.
Solo pagas si tus ingresos del año superan las 7 UIT. Con la UIT 2026 de S/ 5,500, eso es S/ 38,500 al año: quien gana S/ 2,500 al mes con dos gratificaciones y la bonificación extraordinaria suma S/ 35,450 y no tiene retención.
Cómo se calcula, paso a paso
1) Proyecta tu renta bruta anual: sueldo × meses del año + gratificaciones de julio y diciembre + bonificación extraordinaria (9% de cada gratificación si tienes EsSalud, 6.75% si tienes EPS) + otros ingresos. 2) Resta la deducción fija de 7 UIT (S/ 38,500). 3) A lo que queda, la renta neta, aplícale la escala progresiva por tramos.
Los tramos son acumulativos: 8% hasta 5 UIT (S/ 27,500), 14% de más de 5 hasta 20 UIT (S/ 110,000), 17% de más de 20 hasta 35 UIT (S/ 192,500), 20% de más de 35 hasta 45 UIT (S/ 247,500) y 30% por encima de 45 UIT. Cada tasa se aplica solo a la parte de tu renta que cae en ese tramo.
Ejemplo con un sueldo de S/ 6,000
Renta bruta: S/ 6,000 × 12 = S/ 72,000, más dos gratificaciones de S/ 6,000 (S/ 12,000) y la bonificación extraordinaria del 9% (S/ 1,080): S/ 85,080. Menos 7 UIT (S/ 38,500), la renta neta es S/ 46,580.
Impuesto: los primeros S/ 27,500 al 8% dan S/ 2,200 y los S/ 19,080 restantes al 14% dan S/ 2,671.20. Total anual: S/ 4,871.20, que tu empleador retiene en cuotas de unos S/ 405.93 al mes.
Si además pagaste S/ 18,000 de alquiler en el año, deduces el 30% (S/ 5,400): la renta neta baja a S/ 41,180 y el impuesto a S/ 4,115.20. Como tu empleador no considera ese gasto en la retención mensual, la diferencia de S/ 756 la recuperas en tu declaración anual.
La retención mensual de tu empleador
Cada mes el empleador vuelve a proyectar tu renta del año y divide el impuesto según el mes: de enero a marzo entre 12; en abril resta lo retenido de enero a marzo y divide entre 9; de mayo a julio resta lo retenido de enero a abril y divide entre 8; en agosto resta lo retenido de enero a julio y divide entre 5; de setiembre a noviembre resta lo retenido de enero a agosto y divide entre 4; en diciembre hace el ajuste final.
Si tu sueldo es el mismo todo el año, la retención sale igual cada mes. Si empiezas a trabajar a mitad de año, el impuesto se reparte en menos meses y la cuota mensual es mayor: por eso la calculadora te pide el mes desde el que cobras ese sueldo.
La deducción adicional de hasta 3 UIT
Además de las 7 UIT, puedes deducir hasta 3 UIT (S/ 16,500 en 2026) por gastos pagados con comprobante electrónico a tu nombre: 30% del alquiler de vivienda, 30% de los honorarios de médicos y odontólogos, 30% de los servicios profesionales y oficios, 15% del consumo en restaurantes, bares y hoteles, y 100% de los aportes a EsSalud por trabajadores del hogar.
Esta deducción no la aplica tu empleador cada mes: la aplicas tú al determinar el impuesto anual, y si te retuvieron de más, la SUNAT te devuelve la diferencia. Esta calculadora es una estimación; el monto oficial es el que determina la SUNAT.